Noticia

El Gobierno permite la apertura de los talleres de reparación mecánica de vehículos a motor durante el Estado de Alarma

20/03/2020
Redacción

Madrid.- El Gobierno ha dictado una orden por la que se permite la apertura de “talleres de reparación y mantenimiento de vehículos de motor” con el fin de garantizar el transporte de mercancías y cumplir lo que establece el decreto de estado de alarma de “garantizar el abastecimiento”.

Así consta en la norma firmada por el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y recogida por Servimedia, que entra en vigor de manera inmediata.

Ha costado casi una semana que el Gobierno aclarara la situación de los talleres. Podía haberlo hecho desde el primer momento, como hizo con numerosos otros comercios, pero no ha sido hasta el viernes 20 de marzo cuando el BOE lo ha hecho oficial. Antes se sucedieron filtraciones de informes de la Abogacía del Estado y numerosas aclaraciones de subdelegaciones de Gobierno, aunque no todas llegaran a las Fuerzas de Seguridad. Así, según publica el BOE con fecha de 20 de marzo, los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos de motor pueden seguir abiertos, como también está permitida la apertura de establecimientos de actividades conexas de venta de piezas y accesorios para talleres, pero sin abrir al público, según una disposición del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

En virtud de los artículos contenidos en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en el que se declara el estado de alarma en España, el Boletín Oficial del Estado clarifica que es una medida que permite garantizar «el adecuado funcionamiento de las operaciones de transporte de mercancías y asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población, así como de los transportes permitido».

Asimismo, se confirma que «en los transportes públicos de mercancías por carretera estará permitido que vayan dos personas en la cabina del vehículo, cuando sea necesario por razón del tipo de transporte a realizar».

En todas las instrucciones realizadas se incluye un punto que hace referencia a que, en todos los casos anteriores, se observarán las medidas de protección que el Ministerio de Sanidad ha indicado para evitar el contagio y la propagación del Covid-19.

Garantizar el funcionamiento del transporte
Con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de las operaciones de transporte de mercancías y asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población, sostiene la exposición de la norma, y para la movilidad de transportes permitidos en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, “se permite la apertura de talleres de reparación y mantenimiento de vehículos de motor, así como los establecimientos de actividades conexas de venta de piezas y accesorios con venta directa a los talleres de reparación, pero sin apertura al público general”.

En esta línea, con el objetivo de garantizar el suministro, “en los transportes públicos de mercancías por carretera estará permitido que vayan dos personas en la cabina del vehículo, cuando sea necesario por razón del tipo de transporte a realizar.”

No obstante, se hace hincapié en que “tendrán que observarse las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del Covid-19.”